Por revistaeyn.com
Desde septiembre, más de 450.000 contribuyentes deberán migrar obligatoriamente a la versión 4.4 de la factura electrónica.
La misma llega con más de 146 cambios que transformarán el sistema de facturación en Costa Rica. La medida, establecida en la Resolución MH-DGT-RES-0027-2024, impacta directamente a las pequeñas y medianas empresas (PYMES), que deberán adaptar de inmediato sus procesos para evitar sanciones, rechazo de comprobantes y atrasos en el flujo de caja.
Aunque la obligación estaba prevista desde la Ley del Impuesto al Valor Agregado en 2019, la falta de parametrización técnica impidió su aplicación hasta ahora. La versión 4.4 finalmente habilita mecanismos que Hacienda utilizará para mejorar la trazabilidad de las transacciones mediante el sistema TRIBU-CR, lo que significa un nuevo nivel de control sobre las operaciones comerciales de las PYMES y profesionales independientes.
Cambios críticos que las PYMES deben atender de inmediato:
Compras al exterior documentadas electrónicamente: Las empresas que adquieran software, licencias digitales, consultorías, hospedajes o tiquetes de viaje en el extranjero deberán emitir una factura electrónica de compra, que incluirá el IVA mediante la figura de inversión del sujeto pasivo.
En términos prácticos, si una PYME compra una licencia de US$100, deberá registrar US$13 de IVA en sus libros contables: por un lado, como impuesto pagado y por otro como impuesto cobrado. Si la proporcionalidad es menor al 100%, parte de ese IVA se convierte en costo real para la empresa.
Pagos con SINPE Móvil en la factura. No se crean nuevos impuestos ni se modifica su uso; el cambio es de reporte: cada pago por SINPE deberá identificarse en la factura, habilitando cruces automáticos en TRIBU-CR para detectar subfacturación.
Recibo Electrónico de Pago (REP). Obligatorio para operaciones a crédito y facturación al Estado (no aplica a Grandes Contribuyentes). Este comprobante permite trasladar el IVA únicamente cuando se recibe efectivamente el dinero, incluso en plazos de hasta 90 días, lo que representa un cambio clave para PYMES que trabajan con crédito.
Descuentos: ahora con códigos obligatorios: La 4.4 deja atrás el texto libre y exige codificar el motivo del descuento. Entre los códigos previstos se incluyen, entre otros: regalía, regalía (IVA cobrado al cliente), bonificación, volumen, temporada (estacional), promocional, comercial, frecuencia, sostenido y otros descuentos. Esto estandariza la información, mejora la trazabilidad y reduce errores o rechazos de comprobantes.
Nuevos requisitos de identificación y datos del receptor:
Inclusión opcional de la actividad económica del receptor en facturas electrónicas, facturas de compra y notas de crédito o débito. Hacienda notificará cuándo esta información pasa a ser obligatoria.
Nuevos tipos de cédula: “Extranjero no domiciliado” y “No contribuyente” (clave para usar la Factura Electrónica de Compra en compras/servicios del exterior).
“Con la versión 4.4, las PYMES ya no podrán dejar sin respaldo compras tan comunes como licencias de software, consultorías o tiquetes de viaje. Cada gasto deberá documentarse electrónicamente e incluir el IVA. Esto implica un ajuste operativo inmediato, pero también una oportunidad para ordenar la gestión tributaria.” comentó Carlos Morales socio de Grupo Camacho Internacional.