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Panamá: Varela sanciona ley que reforma norma sobre conservación de datos

Las personas que incumplan con lo establecido en la Ley 51 de 2009 serán sancionadas por la ASEP con multas de US$50 a US$5.000, dependiendo de la gravedad de la falta.

2018-02-22

Por La Prensa (Panamá)

El presidente de la República, Juan Carlos Varela, sancionó la ley que adiciona artículos a la Ley 51 de 2009, que dicta normas para la conservación, protección y suministro de datos de usuarios de los servicios de telecomunicaciones; así lo informó este miércoles 21 de febrero la Secretaria de Comunicación del Estado.

El artículo 4-A establece que 'las empresas concesionarias del servicio de telefonía prepagada y sus respectivos distribuidores y comercializadores quedan autorizados para recabar y conservar toda la información de los titulares de las líneas de telefonía prepago utilizando los medios tecnológicos disponibles y viables'.

Por su parte, el artículo 4-B señala que 'para la distribución y venta del servicio de líneas telefónicas prepagadas, las empresas concesionarias, los distribuidores y los comercializadores autorizados deberán contar con los medios necesarios para recabar y conservar la información del cliente'.

En el caso de los distribuidores y comercializadores autorizados, deberán remitir la información a las empresas concesionarias correspondientes una vez realizada la venta, indica el artículo 4-B.

El documento también establece que las personas que incumplan con lo establecido en la Ley 51 de 2009, respecto a la recolección y conservación de los datos de identidad de los usuarios de telefonía prepago, serán sancionadas por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos con multas de US$50 a US$5.000, dependiendo de la gravedad de la falta.

Ley
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