Estos topes deben ser modificados por el BCCR cada 6 meses durante la primera semana enero y julio, respectivamente, según la Ley N.°7472 de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
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Este procedimiento se realiza por medio del uso de promedios que registraron las tasas según su moneda y tipo de crédito durante el último año, pues los créditos comunes y los microcréditos utilizan fórmulas diferentes; al igual que los préstamos que se realicen en colones, dólares y otras monedas.
De acuerdo con el Central, la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) es la institución encargada de velar para que en ningún crédito se cobre una tasa superior a la tasa anual máxima de interés y que, en caso de determinarse un incumplimiento, la Sugef deberá denunciar ese hecho al Ministerio Público para que se apliquen las sanciones establecidas por ley.
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Las tasas máximas establecidas para este semestre son las siguientes:
