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Constructores de Costa Rica preocupados por la reforma en Ley de Contratación Pública

Reforma plantea serios riesgos para la transparencia y el control en la contratación pública, considera la Cámara Costarricense de la Construcción.

2025-03-08

Por revistaeyn.com

El reciente proyecto de reforma a la Ley General de Contratación Pública (LGCP) de Costa Rica, ha generado una ola de preocupación entre diversos sectores, incluyendo la Cámara Costarricense de la Construcción (CCC).

Esta reforma, que busca modificar el inciso e) del artículo 2 y adicionar un inciso k) al artículo 3 de la LGCP, “plantea serios riesgos para la transparencia y el control en la contratación pública”, apunta Randall Murillo Astúa, Director Ejecutivo de la CCC.

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La propuesta actual de la reforma amplía significativamente el ámbito de exclusión de la LGCP. En su redacción vigente, la ley excluye únicamente los acuerdos celebrados con otros Estados o sujetos de derecho internacional público de carácter humanitario.

Sin embargo, la reforma propuesta extiende esta exclusión a todos los convenios y acuerdos con Estados, organizaciones internacionales y sujetos de derecho internacional público y humanitario. Esto incluye entidades como la Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), que ha sido objeto de críticas por sus pobres resultados, el nulo aporte al país y los altos costos en proyectos contratados con el Estado costarricense.

Uno de los aspectos más preocupantes de esta reforma es la inaplicabilidad de los principios y procedimientos de la LGCP a los contratos excluidos.

“Esto significa que contratos multimillonarios podrían ser adjudicados sin un proceso licitatorio adecuado, lo que socava principios fundamentales como la transparencia, la igualdad y la intangibilidad patrimonial. La Contraloría General de la República y diversos medios de comunicación han advertido repetidamente sobre los riesgos de esta falta de control”, apunta Murillo.

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La CCC ha manifestado que, en lugar de modificar el artículo 2, la reforma debería enfocarse en el artículo 3 de la LGCP, que regula las excepciones a los procedimientos ordinarios.

Esta recomendación busca alinear la reforma con la exposición de motivos original, que no pretendía excluir completamente ciertos contratos de la ley, sino exceptuarlos de los procedimientos ordinarios para garantizar un control adecuado.

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