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Autorizan fusión entre Banco Azul y Banco GyT Continental de El Salvador

El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) autorizó la solicitud de concentración económica presentada por Inversiones Financieras Grupo Azul, S.A. (Banco Azul) y Banco G&T Continental El Salvador, S.A. en la cual Grupo Azul adquiere el 99,21% del capital social del Banco G&T y el 99,99% de acciones de G&T Corredores.

2021-11-15

Por E&N

El grupo económico comprador (Grupo Azul) participa primordialmente en actividades de intermediación financiera, al igual que el Banco G&T, por lo que el análisis de la SC determinó que, en lo esencial, se trata de una concentración de tipo horizontal, es decir, la unión de dos empresas dedicadas al mismo sector y situados en el mismo nivel de la cadena de valor.

Es importante hacer notar que la SC identificó ocho mercados relevantes en esta transacción: Depósitos en cuenta de ahorro, depósitos en cuenta corriente, depósitos a plazo, créditos decrecientes de consumo, créditos decrecientes para la adquisición de vivienda, créditos decrecientes empresariales, servicios de colecturía y fianzas.

Así, la Superintendencia evaluó los efectos horizontales, verticales y de conglomerado de la transacción en los mercados relevantes identificados y determinó que la compra no provocaría una limitación significativa de la competencia porque no alteraría de manera sustancial la estructura actual del mercado, ni se provocaría un incremento significativo en los niveles de concentración. Por ende, como resultado de la operación, no se prevén riesgos para el bienestar de los consumidores, ni para la eficiencia de los mercados.

Los agentes económicos remitieron la solicitud de concentración el 21 de julio del 2021. El 30 de julio el Superintendente de Competencia tuvo por recibida la solicitud y pidió a los agentes económicos la información requerida por el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Competencia para poder admitir el trámite. El 9 de agosto los agentes económicos completan la información restante y el 24 de agosto del 2021 se admite a trámite la solicitud de autorización. La aprobación de concentración económica fue notificada el 12 de noviembre del 2021.

Bajo mandato de la Ley de Competencia, la SC debe analizar de forma preventiva las solicitudes de concentración económica que presente cualquier agente, en ejercicio de su libertad económica, siempre que estas cumplan con los criterios establecidos en la normativa. Esto con el objetivo principal de proteger la eficiencia económica y el bienestar de los consumidores ante transacciones que podrían facilitar cambios estructurales o de comportamiento por parte de los agentes económicos tendientes a limitar o restringir la rivalidad en el mercado.

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