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Costa Rica: Estos son los servicios por Internet que pagarían IVA

La tasa del IVA que se aplicará a los servicios transfronterizos será de un 13%; la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas no contempla ninguna exención o tasa diferenciada para este tipo de servicios.

2019-12-03

Por CRHoy

El Ministerio de Hacienda sacó a consulta pública en su sitio web un borrador de resolución sobre el cobro del impuesto al valor agregado (IVA) a los servicios transfronterizos que se brindan a través de Internet.

Es la primera ocasión en que Hacienda es exhaustiva al publicar la lista de todas las plataformas web que quedarían gravadas con el IVA. Entre los servicios a los que se les aplicaría el impuesto están populares sistema de video y audio por streaming tales como Netflix, Spotify y iTunes.

La lista tentativa de servicios transfronterizos gravables que sacó Hacienda a consulta esta semana se compone de más de 190 plataformas. En ella no solo están los servicios de streaming más populares, pues también hay medios de comunicación internacionales que cobran una suscripción para acceder a sus contenidos.

Entre estos están los diarios The Financial Times y The New York Times, entre otros. Hay sitios de compras por Internet, como amazon.com y wish.com; así como los servicios de publicidad que brindan las principales redes sociales como Facebook, Twitter e Instagram, entre otras.

También se encuentran en la lista plataformas de suscripción a juegos de video como Sega, Sega II, Cloud Games, Gameforce, Playstation Network. Y si usted es usuario de almacenamiento en la nube, como Dropbox, también se verá afectado.

A pesar de la amplitud de la lista de plataformas que serían gravadas con el IVA, la nómina no quedó cerrada y Hacienda podría ampliarla en el futuro, luego de que la resolución quede en firme, adelantó Priscilla Zamora, gerenta de impuestos de la firma consulta Deloitte.

La experta comentó que el borrador de resolución de Hacienda tiene un par de novedades sobre el futuro cobro del IVA sobre los servicios transfronterizos, medida que se incluyó en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, o plan fiscal, que entró en vigor hace un año.

Zamora indicó que el borrador de resolución viene a confirmar lo que estipularon la Ley y el reglamento de que el cobro del impuesto sobre los servicios transfronterizos se hará con cargo a las tarjeta de crédito o débito con la que el usuario pague la suscripción a la plataforma web.

En este caso la retención del impuesto la haría el propio banco o entidad emisora del plástico. Sin embargo, también existe la opción de que las plataformas que brindan los servicios electrónicos se puedan inscribir ante la Dirección General de Tributación (DGT) voluntariamente y que sean estas las que establezcan el cobro del impuesto.

"Para poner un ejemplo, resulta ser que cuando nosotros pagamos por ejemplo, Netflix, uno tiene que registrar una tarjeta de débito o de crédito. En este caso, el banco identifica que la transacción es un servicio transfronterizo y además del precio que me cobra Netflix, cobra el IVA y retiene el impuesto y se lo paga a Tributación. Esa sería la regla. Pero la excepción sería que la empresa diga que no quiere los bancos le estén cobrando a sus clientes y que prefiere ella establecer en cuáles casos debe cobrar el IVA y la plataforma establece el precio y se encarga ella misma de pagarle el impuesto a Tributación", explicó Zamora.

Agregó que la resolución es necesaria porque los bancos no tienen capacidad de identificar el cien por ciento de las transacciones por servicios transfronterizos, lo que hace indispensable la lista que preparó preliminarmente la administración tributaria de proveedores de servicios que se brindan a través de medios electrónicos.

"¿Qué es lo novedoso? Bueno, que esta lista es la primera vez que la vemos, pues los 2 borradores de resoluciones que salieron anteriormente no tenían incorporada la lista y ahora por fin nos dan una idea de cuáles tipos de servicios digitales se estarían gravando al menos en esta primera etapa. Recordemos que la lista no es cerrada y Tributación la puede modificar cuando así lo responda. Otra novedad es el procedimiento que deberían seguir las plataformas para su inscripción voluntaria ante Tributación", detalló.

La tasa del IVA que se aplicará a los servicios transfronterizos será de un 13%; la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas no contempla ninguna exención o tasa diferenciada para este tipo de servicios.

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