Por revistaeyn.com
La nueva Ley Integral contra el Lavado de Dinero u Otros Activos y el Financiamiento del Terrorismo en Guatemala amplía de manera significativa las responsabilidades de empresas, profesionales y diversos sectores económicos, al incorporar nuevas obligaciones de cumplimiento y fortalecer los mecanismos de prevención frente a delitos financieros.
La normativa, considerada una de las actualizaciones más importantes del marco regulatorio guatemalteco en los últimos años, extiende el alcance de los denominados sujetos obligados, que hasta ahora se concentraban principalmente en instituciones financieras, bancos, cooperativas y entidades similares.
Con la nueva legislación, también quedan incluidos actores como proveedores de servicios de activos virtuales, administradores de fondos y determinados profesionales que, por la naturaleza de sus actividades, podrían estar expuestos a riesgos relacionados con el lavado de dinero o el financiamiento del terrorismo.
De acuerdo con especialistas de EY Law Guatemala, uno de los cambios más relevantes es la adopción de un enfoque basado en riesgos, una metodología que busca que cada organización implemente controles acordes con el nivel de exposición que enfrenta.
Ginny Castillo, Senior Manager de EY Law Guatemala, explicó que el objetivo de la ley no es imponer los mismos requisitos a todas las entidades, sino que cada una identifique, evalúe y gestione los riesgos asociados a sus operaciones de forma proporcional.
“Las organizaciones deberán comprender mejor su perfil de riesgo para asignar recursos y diseñar controles efectivos que respondan a la realidad de su negocio”, señaló la especialista.
La legislación también fortalece la coordinación institucional mediante la creación del Consejo Nacional de Coordinación de los Esfuerzos contra el Lavado de Dinero u Otros Activos, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), instancia que tendrá la responsabilidad de articular acciones entre diversas entidades estatales.
Entre las nuevas exigencias destacan la conservación digital de información, el monitoreo permanente de operaciones, la identificación de beneficiarios finales y el fortalecimiento del régimen sancionatorio, tanto para personas individuales como jurídicas.
Durante la discusión de la normativa surgieron inquietudes en algunos sectores empresariales respecto a su posible impacto en la competitividad. Sin embargo, Castillo considera que los cambios deben interpretarse como una evolución natural de los estándares de cumplimiento que ya existen en múltiples industrias.
Según la experta, para muchos sectores regulados las nuevas disposiciones representan más un fortalecimiento de los programas de cumplimiento vigentes que una transformación radical de sus procesos.
EY subraya que el éxito de la implementación dependerá en gran medida de la capacitación, los períodos de transición y el acompañamiento institucional que reciban empresas y ciudadanos para adaptarse a las nuevas obligaciones.
Como parte de las recomendaciones iniciales, la firma aconseja a las organizaciones realizar diagnósticos internos, identificar posibles brechas de cumplimiento y reforzar sus mecanismos de control y prevención.
“La prevención es una responsabilidad compartida y comprender la normativa permitirá a las organizaciones proteger su continuidad operativa, fortalecer sus controles y reducir riesgos futuros”, concluyó Castillo.