Por Agencia EFE
La Asamblea Nacional de Nicaragua reformó la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia, que es la representante legal del Estado y que ahora administrará el patrimonio y los bienes municipales.
"Todo el patrimonio, bienes muebles e inmuebles, derechos, activos y demás recursos que, a la fecha pertenezcan a la Carrera Administrativa Municipal y a la Dirección General de Carrera Administrativa Municipal, se considerarán propiedad del Estado y serán administrados por la Procuraduría General de Justicia", señala el artículo 5 reformado y aprobado por unanimidad por los diputados nicaragüenses.
En el caso del personal que laboraba para la Carrera Administrativa Municipal, que no son trabajadores de las municipalidades, pasarán a formar parte de la nómina de la Procuraduría General de Justicia, respetando sus derechos, antigüedad y beneficios conforme a la Ley del Servicio Civil y de la Carrera Administrativa, de acuerdo con la enmienda.
La reforma a esa ley tiene por objeto fortalecer las funciones de la Procuraduría General de Justicia para garantizar la eficiencia y eficacia de la administración municipal en el ejercicio de sus competencias, explicaron los legisladores en su exposición de motivos.
También busca velar y actuar en "defensa de las conquistas del pueblo nicaragüense en relación con las obligaciones y responsabilidades de las municipalidades y de las Regiones Autónomas de la Costa Caribe de Nicaragua, en beneficio de sus pobladores", según la iniciativa.
Asimismo, promover en las municipalidades un sistema de administración de recursos humanos que asegure "la gestión y ejecución de políticas públicas municipales eficientes, eficaces y transparentes".
A partir de ahora los 153 municipios de Nicaragua aportarán al estatal Instituto Nacional Técnico y Tecnológico (Inatec) el 2 % del monto total de sus planillas "con el fin de fortalecer las capacidades técnicas de las y los servidores públicos municipales". según la enmienda, que derogó la Ley de Carrera Administrativa Municipal y su Reglamento.